12/01/2018
La Asamblea Legislativa de Bolivia, aprobó la ley 1005, que trata del nuevo Código Penal Boliviano. En el artículo 88, párrafo 11, la actividad evangelística es tratada como un crimen igual a la atracción de personas para que tomen parte en conflictos armados con pena de reclusión de 7 a 12 años. Es una situación muy delicada y preocupante. Como Iglesia vamos a tomar parte en el movimiento de lucha en defensa de la Libertad Religiosa para todos. Pido las oraciones de ustedes con respecto a esta situación. Es la crisis más grave y el mayor atentado a la Libertad Religiosa en los recientes años.
Cochabamba, Bolivia [ASN] En Bolivia se promulgó el nuevo código penal donde el artículo 88 inciso 11 señala que será penalizado de siete a doce años de prisión “el reclutamiento de personas para su participación en conflictos armados o en ORGANIZACIONES RELIGIOSAS O DE CULTO” La Iglesia...