01/11/2025
LXXV ANIVERSARIO DE LA PROCLAMACIÓN DEL DOGMA DE LA ASUNCIÓN DE MARÍA
Para nosotros los cristianos, a pesar de que la Proclamación del Dogma de la Asunción de la Virgen es un hecho relativamente reciente, es un misterio que se ha venido venerando desde antiguo en las comunidades de la Iglesia. No en vano la Solemnidad de la Asunción de la Santísima Virgen María fue fijada en el 15 de agosto ya en el siglo V, con el sentido de "Nacimiento al Cielo" o, en la tradición bizantina, "Dormición" de Nuestra Señora. Incluso en el Credo Apostólico profesamos nuestra fe en la "Resurrección de la carne" y en la "vida eterna", fin y sentido último del camino de la vida. Esta promesa de fe se cumple ya en María, como signo de consuelo y esperanza segura. Este privilegio de María está estrechamente ligado al Dogma de la Inmaculada Concepción y al hecho de ser la Madre de Jesús: dado que la muerte y la corrupción del cuerpo humano son una consecuencia del pecado, no era conveniente que la Virgen María -libre de pecado- se viera afectada por ellos. De ahí el misterio de la "Dormición" o "Asunción al Cielo".
Como todo proceso dogmático, primero es necesario que el pueblo fiel se manifieste a través del juramento de votos públicos que proclamen como verdad tan bendito misterio. Es por ello que el domingo de la infraoctava de la Asunción de 1906, 19 de agosto, a requerimiento San Manuel González García, Arcipreste de Huelva y actualmente titula de nuestra Hermandad, fueron convocados al que entonces era templo principal de nuestra ciudad, la Parroquia Mayor de San Pedro, los señores curas de la Parroquia de San Pedro y de la Purísima Concepción, don Manuel González-Serna y don Pedro Román Clavero; las Diputaciones de las hermandades: Sacramental de la Parroquia de San Pedro; Nuestro Padre Jesús de las Cadenas, establecida en el ex-convento de la Merced; Nuestra Señora del Rocío; Nuestra Señora de la Cinta; Vera Cruz, establecida en la Parroquia de la Concepción; de la Virgen del Carmen, de San José, Sagrado Corazón de Jesús y Apostolado de la Oración de la Parroquia de San Pedro; Comisiones de las Conferencias de Caballeros de San Vicente de Paúl y del Centro Católico de Obreros, además de las autoridades civiles y militares de la ciudad. A las 9 de la mañana de tan glorioso día, en la Santa Misa, tras el rezo del Credo, se efectúa la declamación del Voto y su posterior Juramento, anticipándose así Huelva en 44 años a la propia Proclamación del Dogma:
"El Arcipreste, Clero, Hermandades y fieles de Huelva firmemente creemos y sinceramente confesamos: Que la Beatísima, Inmaculada y siempre Virgen María por especial privilegio de Dios Omnipotente, poco después de su muerte -la cual no rehusó sufrir, por condición de la humana naturaleza y para imitar a su Hijo y Señor Nuestro Jesucristo- resucitó y fue llevada al Cielo en cuerpo y alma. Donde coronada de honor y gloria, y exaltada sobre los coros de los Ángeles y sobre todas las criaturas, cual convenía a la que es verdadera Madre de Dios; vestida del Sol de Justicia, según la visión profética del Evangelista San Juan y rodeada de la variedad de dones y carismas con que plugo al Espíritu Santo dotar y enriquecer a su querida Esposa; sentada a la diestra de la Majestad divina, como dignísima Reina del Mundo y Abogada de los pecadores, intercede eficaz e incesantemente por nosotros. (…) Por tanto: esta verdad católica que nuestros predecesores tuvieron siempre impresa en su corazón y con piadosísimo afecto de devoción la profesaron; nosotros también, con el favor de la divina gracia, la defenderemos con todas nuestras fuerzas, hasta el postrer aliento; y así, solemnemente, lo prometemos, votamos y juramos."
El camino del reconocimiento de la Asunción Dogmática de la Asunción de la Virgen tuvo largo recorrido. Durante mucho tiempo, numerosas peticiones se habían recibido de cardenales, patriarcas, arzobispos, obispos, sacerdotes, religiosos, asociaciones, universidades e innumerables particulares, todos pidiendo que la Asunción corporal al Cielo de la Santísima Virgen fuera definido y proclamado como Dogma de fe. Con la encíclica Deiparae Virginis Mariae, invocando el continuo auxilio de la Virgen María, el 1 de mayo de 1946, el Papa Pío XII preguntó a los demás Obispos sobre la oportunidad de la definición del dogma. "Sinceramente ruego que nos informen acerca de la devoción de vuestro clero y pueblo (teniendo en cuenta su fe y la piedad) hacia la Asunción de la Santísima Virgen María. Más especialmente Queremos saber si vosotros, venerables hermanos, con su aprendizaje y la prudencia tomando en cuenta que la Asunción corporal de la Inmaculada Virgen María puede ser propuesta y definida como un dogma de fe, y si, además de sus propios deseos este es deseado por el clero y el pueblo". La respuesta positiva fue unánime.
Fue el 1 de noviembre de 1950 cuando el Papa Pío XII promulgó la Constitución Apostólica Munificentissimus Deus, con la cual definió el Dogma de la Asunción de María Santísima en cuerpo y alma al Cielo. En el texto íntegro se recogen los pasajes bíblicos (implícitos o alusivos: 1 Tes 4, 14; Rom 6, 5-6; 2 Cor 5, 1-4; 1 Cor 15, 35-44; Si hay un cuerpo natural, también hay un cuerpo espiritual) y las afirmaciones de algunos teólogos y doctores de la Iglesia (Juan Damasceno, Antonio de Padua, Alberto Magno) que pueden usarse a modo de sostén del dogma. Sin embargo, tal como expresa el documento se avala más bien en la fe viva y constante del pueblo de Dios, por el Sensus Fidei que constituye la motivación de la proposición de la Asunción de la Virgen. (Sentido de la fe que es fruto de la gracia y acción del Espíritu Santo que actúa sobre el creyente para que "comprenda y crea"; Sensus Fidei Vat II LG 12. DV 8). Es el mismo "sentire cm Ecclesia" de San Basilio, San Agustín, San León Magno y los grandes Padres. El párrafo definitorio del Dogma quedó redactado de la siguiente forma:
"Después de elevar a Dios repetidas súplicas y de haber invocado la luz del Espíritu de Verdad, para la gloria de Dios Todopoderoso que otorgó a la Virgen María Su especial benevolencia en honor de Su Hijo, Rey Inmortal de los siglos y vencedor del pecado y de la muerte, para mayor gloria de su augusta Madre y para alegría y regocijo de toda la Iglesia, con la autoridad de nuestro Señor Jesucristo, de los santos apóstoles Pedro y Pablo y con la nuestra, pronunciamos, declaramos y definimos como Dogma revelado por Dios que: la Inmaculada Madre de Dios, la siempre Virgen María, habiendo completado el curso de su vida terrena, fue Asunta en cuerpo y alma a la Gloria Celestial”
Es precisamente ese texto, en latín, el que está repartido entre los basamentos de los doce varales de plata que sostienen el palio de María Santísima del Refugio cada Martes Santo. Es el 15 de Agosto, Solemnidad de la Gloriosa Asunción de la Virgen a los Cielos el besamanos a María Santísima del Refugio. Fue nuestra Hermandad Sacramental la primera de las firmantes del Voto de 1906, que se proclamó en nuestra casa, por iniciativa de nuestro Santo titular. Razones de sobra para que, en este 1º de noviembre de 2025, día en el que se cumplen 75 años de la Proclamación Dogmática, para acudir a besar las benditas manos de nuestra Madre, para darle la enhorabuena por la perfección de su vida terrena y la consecución de tan gloriosa gracia, ser llamada en toda su sustancia por el Altísimo a la Gloria Celestial.