24/05/2026
Requisitos para ser padrino o madrina de Confirmación
(Orientaciones pastorales de la Diócesis de Latacunga según el Derecho Canónico)
Para asumir el compromiso de ser padrino o madrina de Confirmación, la Iglesia pide que la persona elegida sea un verdadero ejemplo de vida cristiana y pueda acompañar al ahijado en su crecimiento en la fe. Por ello, en la diócesis se procura que reúna las siguientes condiciones:
1. Ser mayor de edad, con suficiente madurez humana y cristiana para asumir responsablemente el acompañamiento espiritual del ahijado.
2. Haber recibido los sacramentos de iniciación cristiana:
* Bautismo
* Eucaristía (Primera Comunión)
* Confirmación, de manera especial, pues se espera que quien acompañe al confirmado haya recibido plenamente la gracia del Espíritu Santo.
3. Vivir un compromiso cristiano auténtico, participando en la vida de la Iglesia, en la Santa Misa, dando testimonio de fe y llevando una vida coherente con el Evangelio.
4. Si vive en unión matrimonial, se pide que esté casado por la Iglesia, para que su estado de vida sea testimonio de fidelidad al sacramento del matrimonio.
5. Ser una persona cercana al ahijado, capaz de acompañarlo, orientarlo y animarlo en la vivencia de la fe cristiana.
6. Pueden ser padrinos también familiares, siempre que cumplan los requisitos señalados y estén dispuestos a asumir este compromiso espiritual.
El padrino o madrina no es solo un requisito para la celebración, sino una persona llamada a acompañar al confirmado en el camino de la fe, ayudándolo a crecer como discípulo de Cristo y miembro activo de la Iglesia.
Fundamento canónico: el canon 893 §1 remite al canon 874, que pide que el padrino lleve “una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir”.