23/10/2015
Sobre la resolución del Ministerio de Educación:
sobre laborar, todos los sábados en el 2015, en el régimen costa, se resolvió a favor como sigue:
Oficio Nro. MINEDUC-SASRE-2015-00096-OF
Quito, D.M., 21 de octubre de 2015
(A la Iglesia Adventista del Séptimo Día del Ecuador)...
En respuesta a su oficio LR UE-2409-2015 de fecha 24 de septiembre de 2015, ingresada en la Unidad de Archivo y Documentación de esta Cartera de Estado el 08 de octubre de 2015, dirigida al señor Ministro de Educación, a través del cual en lo principal manifiesta:
1. En relación a las instituciones educativas adventistas, deberán cumplir con lo estipulado en el artículo 3 del Acuerdo Ministerial MINEDUC-ME-2015-00156 referente al CRONOGRAMA DE FINALIZACIÓN ANTICIPADA DEL RÉGIMEN COSTA AÑO LECTIVO 2015-2016; para el cumplimiento de este cronograma, tendrán que laborar los seis (6) días a la semana; la alternativa sería, sustituir el día sábado por el día domingo, siempre y cuando no afecte la organización de los estudiantes, docentes, personal administrativo y padres de familia.
2. En cuanto a los estudiantes adventistas que estudian en instituciones educativas que no son adventistas, su inasistencia de los días sábados implica un retraso en las asignaturas que están en el horario programado para ese día, y puede generar a futuro problemas en el aprendizaje. Si, como señalan que por Convicción Religiosa no pueden asistir a actividades seculares los sábados, sería responsabilidad tanto de los padres de familia como de los estudiantes el igualarse académicamente y justificar su inasistencia ante la autoridad educativa, siendo la autoridad institucional la que deberá determinar las actividades que compensen el trabajo que realizarían los estudiantes presencialmente.
3. El cronograma escolar establece para cada sábado la jornada con la que deberán trabajar las instituciones educativas, esto implica que los docentes y estudiantes ya conocen de su horario de trabajo. Si los docentes de las instituciones educativas que no son adventistas, no acudirían a trabajar los sábados todos los estudiantes de ese grado o curso no recibirían clases. Por lo tanto, una alternativa sería que el docente adventista gestione, en coordinación con el Rector/Director de la institución, la presencia de un docente que le sustituya todas las horas de trabajo de ese día y justifique ante la autoridad institucional su inasistencia por convicciones religiosas. Por lo expuesto, debo manifestar que esta Cartera de Estado cumple con lo determinado en la Constitución de la República del Ecuador y más normativa vigente.
Con sentimientos de distinguida consideración.
Atentamente,
Documento firmado electrónicamente
Luis Fernando Ochoa Rizzo SUBSECRETARIO DE APOYO, SEGUIMIENTO Y REGULACIÓN DE LA EDUCACIÓN