28/04/2026
Catequesis
¿Puede un católico cremar a un familiar difunto🙏?
Sí. La Iglesia⛪️ permite la cremación, siempre que no se elija por motivos contrarios a la fe cristiana, especialmente la fe en la resurrección del cuerpo.
El Código de Derecho Canónico, canon 1176 §3, enseña:
“La Iglesia aconseja vivamente la piadosa costumbre de sepultar el cadáver de los difuntos; sin embargo, no prohíbe la cremación, a no ser que haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana.” ✝️❤️
Esto significa:
• La sepultura tradicional sigue siendo la forma preferida por la Iglesia.
• La cremación está permitida.
• No se permite cuando se elige para negar la fe, por ejemplo:
• negar la resurrección del cuerpo,
• despreciar la dignidad del cuerpo humano,
• o manifestar rechazo explícito a la Iglesia.
El Catecismo lo explica así:
CIC 2300:
“Los cuerpos de los difuntos deben ser tratados con respeto y caridad, en la fe y la esperanza de la resurrección.”
CIC 2301:
La Iglesia permite la cremación “siempre que no sea una manifestación de rechazo de la fe en la resurrección del cuerpo”.
Además, según la instrucción Ad resurgendum cm Christo (2016), las cenizas deben:
• conservarse en un lugar sagrado (cementerio, columbario o espacio autorizado),
• no dispersarse,
• no guardarse en casas particulares,
• y no dividirse con fines simbólicos o esotéricos.
Parroquia Santa Bárbara Aguilares-Tucumán